martes, 1 de junio de 2010

Nota informativa de la Junta Electoral de la Hermandad de la Soledad.

Habiéndose realizado una consulta al Obispado de Córdoba sobre la legitimidad del voto por correo y atendiendo al artículo 167.1 del Código de Derecho Canónico que estipula lo siguiente: "Hecha legítimamente la convocatoria, tienen derecho a votar quienes se hallen presentes en el lugar y el día señalados en la convocatoria, quedando excluida la facultad de votar por carta o por procurador, si los estatutos no disponen legítimamente otra cosa".

No contemplándose el voto por correo de una manera específica en los Estatutos de la Hermandad, es por lo que esta Junta Electoral hace saber que no se admitirá el voto por correo en las elecciones a Hermano Mayor de la Hermandad.

Por lo tanto, las elecciones que se celebren en la Asamblea del día 18 de Junio, a las 21 horas, en los Salones Parroquiales de San Sebastián, se atendrán escrupulosamente a lo estipulado en el artículo 22 de nuestros Estatutos que dice lo siguiente: "Ostentará el cargo de Hermano Mayor, el candidato que obtenga la mayoría absoluta en la primera votación. Si no resultara ninguno elegido se procederá a una segunda votación en la que será suficiente la mayoría relativa. En caso de haber empate en el resultado de la votación, será Hermano Mayor aquel que tenga una mayor antigüedad en la Hermandad. De haber coincidencia en la antigüedad, se pasará seguidamente a una votación entre ellos. Si en ésta se produce un segundo empate, obtendrá el puesto de Hermano Mayor el candidato de mayor edad..."

Por todo ello, se recomienda a todos los votantes que esperen hasta después del escrutinio que tendrá lugar al cierre del acto de votación (22,30 horas) por si hubiera que hacer una segunda ronda de votaciones.